Manuel de la Rosa Hernández | Este 25 de octubre todo Chile tiene una cita histórica por el Plebiscito constitucional que implica a cerca de 15 millones de chilenos y chilenas que están convocados a las urnas. Esta jornada es un día de esperanza para Chile que es fruto de la movilización que se desencadenó a partir del 18 de octubre de 2019. En este Plebiscito la ciudadanía chilena podrá elegir si aprueba o rechaza la propuesta de redactar una nueva constitución, y en caso de ganar la primera opción, cuál será el mecanismo por el qué se construirá la nueva constitución nacional. En esta consulta se decide si se avanza en la sustitución de la actual, heredada del periodo de la dictadura militar de Augusto Pinochet.

Unas negociaciones a espaldas del pueblo chileno

Este proceso que culmina con esta consulta en las urnas a la ciudadanía, es fruto de la lucha popular, pero sus limitaciones son consecuencia del acuerdo político al que llegaron en noviembre algunas fuerzas políticas y que incluye algunas cortapisas que impiden que sea un proceso verdaderamente constituyente. El propio procedimiento limita la posibilidad de cambios en profundidad. Inicialmente, se debe tener presente que el plebiscito que se vota este domingo no implica de por sí la reforma constitucional. Es el paso que decidirá, por un lado, si se redactará de hecho una nueva Constitución y, por otro, qué órgano se encargaría de hacerlo en caso de que triunfe la opción del “Apruebo”.

El plebiscito que este domingo se lleva a cabo en Chile determinará si la ciudadanía aprueba la elaboración de una nueva Constitución para dejar atrás la impuesta por régimen de la dictadura militar de Augusto Pinochet. En caso de ganar la opción “Apruebo”, la elección de las y los “constituyentes” se realizará el 11 de abril de 2021 junto con las elecciones municipales y de gobernadores regionales y será paritaria. No se debe escapar que esta será otra forma de intentar derivar el proceso de rebelión popular al terreno electoral institucional para intentar enfriarlo.

Las jornadas de movilizaciones y protestas que sacudieron Chile en octubre de 2019 pusieron en el centro junto a las demandas sociales, económicas y políticas, la necesidad de una asamblea constituyente para la elaboración de una nueva Carta Magna. La constitución vigente hasta ahora es la que se estableció en los últimos años de la Dictadura militar de Pinochet.

Estas demandas de la calle por un proceso y una asamblea constituyentes no fueron atendidas ni por el régimen ni por la oposición que se sentaron  en la mesa de negociación para tomar el llamado “Acuerdo Por La Paz Social y la Nueva Constitución”, hecho público el 15 de noviembre de 2019. El documento tenía como objetivo inmediato aplacar las protestas que se estaban dando en aquellos momentos.

En medio del estallido social que derivó en una crisis política se alcanzó el acuerdo entre Gobierno y oposición para celebrar un plebiscito sobre una nueva Constitución en el que se acordó una seria de condicionantes de ese proceso que en caso de ganar el “Apruebo”, la convención constituyente que redacte la nueva Carta Magna «deberá respetar los tratados internacionales adoptados por Chile, incluyendo derechos humanos y aspectos económicos, tales como el resguardo a las inversiones extranjeras»

La consulta del 25 no es a Asamblea Constituyente

Caso de triunfar el sí, la opción de “Apruebo”, el órgano que redactará la nueva Constitución, será o bien Convención Constitucional o Convención Constitucional Mixta (según sea su integración), no es una mera cuestión semántica. En ambos casos implica un alejamiento de lo que es una Asamblea Constituyente, según las prácticas internacionales e históricamente conocidas.

La principal diferencia estriba en la soberanía. Una Asamblea Constituyente se identifica con el poder de poderes, representa la máxima instancia del Estado, mientras esté en funciones, dadas sus facultades de hacer cualquier cambio, dentro de los principios democráticos. No es el caso de lo que se propone en Chile.

La Convención que se elegirá será la encargada de redactar la nueva Constitución chilena, pero no podrá “afectar las competencias y atribuciones de los demás órganos y poderes del Estado”, según la letra del acuerdo. Esto implica, por ejemplo, que el oficialismo contará con todos los recursos gubernamentales para presionar o apoyar a la Convención, según sus intereses.

Otro tema es el de la mayoría cualificada. El acuerdo establece que la aprobación del proyecto de Constitución requerirá del apoyo de las dos terceras partes del quórum. Esto, en la práctica, implica que una minoría evidente de los constituyentes podría vetar lo acordado por la amplia mayoría.

Al no poder tocar a los poderes constituidos, la Convención no podrá decidir sobre temas claves para Chile, con verdadero impacto social, como es la titularidad nacional del cobre. Siendo temas de tratados internacionales, son de la competencia del Ejecutivo, y los constituyentes no tendrán facultades para cambiarlo.

Según el acuerdo de noviembre de 2019, este domingo se pondrán a la consideración de los chilenos dos modelos de órgano constitucional. El primero es la Convención Constitucional, cuyos miembros serían elegidos en su totalidad por la ciudadanía. El segundo modelo es la Convención Constitucional Mixta, la cual sería elegida en un 50 por ciento por la ciudadanía, y la otra mitad por el Parlamento.

Ambas variantes presentan carencias desfavorables para el del pueblo el que las personas integrantes de elección popular, lo serían siguiendo la Ley de Partidos vigente, la cual favorece a las fuerzas políticas de mayores recursos. Es decir, los candidatos que puedan emanar del pueblo y no de los políticos tradicionales, estarán virtualmente impedidos de darse a conocer y menos de dar publicidad a sus propuestas y programas, por no contar con el respaldo material para ello.

El plebiscito contará con dos papeletas. La primera dice “¿Quiere usted una nueva Constitución?” Y las opciones son: «Apruebo» o «Rechazo». La segunda dice “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución?”, y las alternativas son: «Convención Mixta Constitucional» (asamblea conformada en un 50% por constituyentes elegidos directamente y 50% por miembros del actual Congreso) o «Convención Constitucional» (asamblea conformada por 100% de constituyentes elegidos).

Se abre una senda de esperanza

Si gana la opción del sí, además lo hace la opción de Convención Constitucional, la gente movilizada hasta ahora a lo largo de todo Chile tendrá que pelear para copar la mayor representación popular posible en la misma, teniendo que superar el hándicap de la falta de medios. Se necesitará mucha organización y unidad popular para afrontarla en las mejores condiciones ese reto que tiene que culminar con el desmonte de todo el entramado creado desde el golpe pinochetista de 1973, tanto institucional, como económico como legislativo que liquide todo rastro de continuidad política y económica neoliberal.

Pero para ello no se debe renunciar a la perspectiva de avanzar a medio plazo a la consecución de una verdadera asamblea constituyente, soberana y libre impulsada desde abajo. Un proceso constituyente en el que tengan papel protagónico los territorios, los pueblos originarios, el movimiento ecologista, la clase obrera, las personas pensionistas, la juventud popular, las feministas, las clases medias depauperadas y  en donde vean reflejadas sus demandas.

El transito desde ahora hasta la hipotética elecciones de abril para la Convención Constitucional es un momento para seguir acercando ese horizonte de una Asamblea constituyente, soberana y libre. La palabra la sigue teniendo el pueblo chileno este 25 en las urnas, y a partir del 26 en la calle para continuar peleando por demandas que les fueron negadas durante décadas. La autoorganización y la movilización sociales serán necesarias más que nunca. Con el 25 se abre una senda de esperanza.

Manuel de la Rosa Hernández es militante de Anticapitalistas

Escrito por:

Manuel de la Rosa Hernández
Activista social y militante de Anticapitalistas. Canarias.
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